La Justicia tumba la Zona de Bajas Emisiones en Barcelona: ¿Puedo circular hoy sin etiqueta?, ¿Me pueden multar?

El Tribunal Superior de Justicia de Catalunya (TSJC) ha anulado este lunes la ordenanza de Zona de Bajas Emisiones (ZBE) del Ayuntamiento de Barcelona al estimar seis recursos presentados por 10 colectivos. Ha sido después de que ya haya supuesto imponer más de 70.000 multas, según datos que ha hecho públicos este marzo el consistorio. 

Respondemos a las principales preguntas que pueden hacerse los conductores ante este fallo judicial ante el que el consistorio y otras administraciones implicadas podrían presentar un recurso de casación en los próximos días. También se puede consultar el apartado de preguntas frecuentes respecto a la ZBE Rondas Barcelona de la página web zbe.barcelona.

¿Podría anularse definitivamente la ZBE?

Según han explicado este lunes fuentes del TSJC, que la sentencia no es firme. Y que la anulación de la ZBE solo será efectiva para la circulación de vehículos sin etiqueta ambiental si lo pide alguna de las partes demandantes (10 entidades presentaron denuncia contra la normativa). Si las administraciones deciden el recurso, para lo que disponen de un plazo de 30 días, este debería resolverlo el Tribunal Supremo, el órgano ante el que debe presentarse. 

Otra opción con la que cuenta el consistorio barcelonés es redactar otra ZBE que sí que cumpla con los requisitos que exige el TSJC en su fallo.

El mapa de la Zona de Bajas Emisiones de Barcelona.

Así funciona la Zona de Bajas Emisiones de Barcelona que ha tumbado la justicia

¿Puedo circular aunque no tenga la etiqueta ambiental de la DGT?

A pesar de que el fallo judicial del TSJC se ha conocido este mismo lunes, ello no implica que a partir de esta medianoche los coches más contaminantes (sin la etiqueta ambiental de la Dirección General de Tráfico) vuelvan a poder circular por el interior de la ciudad de Barcelona, lo que siguen teniendo prohibido por normativa municipal desde el 1 de enero de 2020, de lunes a viernes en horario entre las 7 y las 20 horas.

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En cambio, sí que podrán seguir circulando por las calles barcelonesas los fines de semana y festivos, tal y como marca el reglamento municipal, y por las rondas, tanto la Litoral como la de Dalt. 

Cabe recordar que la restricción de circulación por la ciudad afecta a los coches de gasolina matriculados antes de enero de 2000; a los diésel matriculados antes de enero de 2006; a las furgonetas matriculadas antes del 1 de octubre de 1994 (antes de la norma Euro 1) y a las motos y ciclomotores matriculados antes de 2003 (antes de la norma Euro 2). También afecta a los vehículos considerados de carácter histórico, sujetos a las mismas restricciones que el resto de vehículos del parque automovilístico. 

¿Puedo circular si tengo la etiqueta amarilla?

De momento sí, ya que el Ayuntamiento tenía previsto restringir su circulación a lo largo de este año, pero sin haber concretado todavía una fecha antes del anuncio del fallo judicial de este lunes. 

El mapa de la Zona de Bajas Emisiones de Barcelona.
El mapa de la Zona de Bajas Emisiones de Barcelona.

¿Me pueden multar? 

El regidor de Emergència Climàtica i Transició Ecològica, Eloi Badia, ha indicado este lunes tras conocerse la sentencia, que la normativa referente a la ZBE de Barcelona y de otras ciudades colindantes «sigue plenamente vigente», por lo que los vehículos que se salten la prohibición y circulen por la zona vetada serán multados con sanciones que oscilan entre los 100 euros y los 1.800 euros. 

¿Pueden devolverme el importe de la sanción si ya he sido multado? 

Por el momento, el Ayuntamiento de Barcelona no contempla esta opción. En 2021 se interpusieron 70.000 multas por infringir la normativa de la ZBE de Barcelona. Sí que han pedido este lunes al consistorio barcelonés, tras conocerse la sentencia, que se devuelvan las multas, los grupos de Ciutadans y PP en el consistorio. 

¿La sentencia judicial afecta a la ZBE de L’Hospitalet, Sant Adrià…?

El fallo del TSJC solo afecta a la ZBE de Barcelona ciudad, en el ámbito entre las rondas de Dalt y Litoral. Por lo que no se ven modificadas las normas que están en marcha en las localidades colindantes de L’Hospitalet de Llobregat, Sant Adrià de Besòs, Esplugues de Llobregat y Cornellà de Llobregat, y tampoco a la última en sumarse: Sant Cugat del Vallès. 

¿Dónde puedo obtener la etiqueta ambiental si aún no la tengo? 

Los propietarios de vehículos con distintivo ambiental B, C, ECO o Cero sin etiqueta pueden conseguirla en las oficinas de Correos, mediante un gestor colegiado, en un taller mecánico asociado al Gremi de Tallers de Reparació d’Automòbils de Barcelona. También se puede visitar la página web de la DGT o llamar al teléfono 060.

¿Estoy obligado a llevar la etiqueta en el vehículo? 

No es obligatorio, pero se recomienda para facilitar la tarea de control de la Guàrdia Urbana de Barcelona y de las policías locales. En caso de no llevar la etiqueta visible en el vehículo, este puede ser parado por los agentes dentro de la ZBE Rondas de Barcelona, que pedirán al conductor la documentación del vehículo y la matrícula para comprobar si puede o no circular.

¿Cuándo puedo pedir una autorización temporal para circular por la ZBE?

En caso de no disponer de distintivo ambiental, pueden pedir una autorización para transitar por Barcelona aquellos vehículos que obtengan la autorización del Ayuntamiento para prestar servicios singulares o participar en acontecimientos especiales en la vía pública. Estos se han de haber inscrito previamente en el Registro Metropolitano de Vehículos Extranjeros y otros autorizados, antes de las 23.59 horas del día anterior al acceso.

También podrán acceder los vehículos que trasladen a personas que hayan de entrar en la ciudad para someterse a tratamientos médicos periódicos, que previamente se tendrán que haber inscrito en el mismo registro. Lo mismo que los turismos, motos y ciclomotores del resto de Cataluña y del Estado que no tengan etiqueta de la DGT, que tendrán que solicitar acceso, con un límite de 10 en un mismo año. 

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